Perito para el Asegurado
El asegurado puede contratar un perito cuando existen discrepancias con la compañía. Las discrepancias más habituales son:
- El importe de la reparación
- Siniestro Total
- El precio de la mano de obra
- El importe de la indemnización
- El tipo de materiales utilizados en la reparación
- La causa y circunstancia del siniestro
En cantidad de ocasiones, las compañías aseguradoras valoran a la baja o no tienen en cuenta diversos factores que influyen en la valoración de daños de un siniestro. La contratación de un perito puede ayudarnos en los siguientes casos:
- Cuando tenemos un siniestro con daños propios (seguro a todo riesgo) y no estamos de acuerdo con la valoración de la compañía aseguradora. Existe un artículo en la Ley de Contrato de Seguros (LCS), que nos permite nombrar nuestro perito en caso de desacuerdo con la propuesta de indemnización de la compañía.
- Cuando sufrimos un siniestro en el que es culpable la parte contraria. En este caso nos ampara el código civil (art. 1902), que dice lo siguiente: "El que por acción u omisión causa un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado". Esto quiere decir que la compañía aseguradora de la parte contraria deberá reparar el daño de nuestro vehículo para dejarlo en las condiciones en las que se encontraba previamente al siniestro, o, en caso de ser irreparable, indemnizarnos con el valor del mercado con el cual pudiésemos adquirir un vehículo de la misma marca, modelo, antigüedad, estado, kilometraje, etc equivalente al que tenemos.
En revisionesgalicia.es trabajamos con abogados y peritos expertos en este tipo de reclamaciones